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Qué deudas puedes eliminar

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Indice

Cuando una persona o un autónomo atraviesa una situación económica límite, es habitual que se pregunte si realmente es posible cancelar sus deudas para empezar de cero. La Ley de la Segunda Oportunidad es la herramienta legal diseñada para esto, pero es importante saber que no todas las deudas se tratan igual ante la ley.

Antes de iniciar cualquier trámite, es fundamental conocer qué facturas y préstamos se pueden eliminar y cuáles están protegidos por la normativa. De esta forma, podrás planificar tu futuro financiero con expectativas reales.

1. Las deudas que sí se pueden eliminar por completo

Las deudas contraídas con entidades privadas son las más comunes y, por lo general, se cancelan al 100% si se cumplen los requisitos del proceso. En este grupo se incluyen:

  • Préstamos y créditos: Préstamos personales, créditos al consumo, líneas de financiación y la parte de la hipoteca que haya quedado pendiente tras la venta o subasta de la vivienda.
  • Tarjetas de crédito y microcréditos: Saldos acumulados en tarjetas de crédito tradicionales, tarjetas revolving y los conocidos microcréditos rápidos.
  • Facturas del día a día: Recibos pendientes de servicios básicos como luz, agua, gas o telefonía.
  • Deudas comerciales: Facturas impagadas a proveedores (un caso muy frecuente en autónomos y pequeños empresarios).
  • Avales: Si firmaste como avalista o garante de otra persona (un familiar, un socio) y ahora te reclaman a ti esa deuda de forma legal.

2. El límite de las deudas públicas (Hacienda y Seguridad Social)

Las deudas con la Administración Pública tienen un funcionamiento especial. La ley actual protege parte de este dinero, por lo que no se perdonan por completo, sino que tienen unos límites muy claros por deudor:

  • Hasta 10.000 € con Hacienda: Los primeros 5.000 euros se cancelan de forma íntegra. A partir de esa cantidad, se elimina el 50% de lo que quede hasta llegar al tope máximo de 10.000 euros.
  • Hasta 10.000 € con la Seguridad Social: Se aplica exactamente el mismo sistema de tramos y el mismo límite de 10.000 euros.
  • ¿Qué pasa con el resto? Si la deuda con estos organismos supera los límites mencionados, el dinero restante no se borra; se incluye en un plan de pagos aplazados para que puedas ir pagándolo a plazos de forma asumible.

3. Las deudas que NO se pueden eliminar bajo ningún concepto

Existen ciertas obligaciones que la ley considera prioritarias e «intocables» para proteger a terceros. Estas deudas se mantienen activas siempre:

  • Pensiones de alimentos: El dinero debido por la manutención de los hijos fijada por un juez tras un divorcio o separación.
  • Multas y sanciones económicas: Multas de tráfico o sanciones administrativas graves.
  • Indemnizaciones por responsabilidad civil: El dinero que se deba pagar a otra persona por haberle causado un daño o lesión (por ejemplo, en un accidente de tráfico o por una negligencia).
  • Salarios de empleados: Si tenías trabajadores a tu cargo, las últimas nóminas pendientes tienen preferencia y no se pueden cancelar.

El filtro definitivo: Ser un «deudor de buena fe»

Para que el juez conceda el perdón de las deudas que sí son cancelables, el solicitante debe demostrar que ha actuado de «buena fe». Esto significa, a grandes rasgos, que su situación de insolvencia es real, que no ha ocultado bienes ni patrimonio y que no ha provocado esta crisis económica de manera voluntaria o engañosa.

Conclusión

Saber con exactitud qué deudas puedes dejar atrás te permite tomar decisiones mucho más seguras. Si tus deudas se han vuelto inasumibles, el primer paso es poner sobre la mesa todas tus facturas y realizar un estudio personalizado para comprobar la viabilidad de tu caso.

Aviso: Este artículo es puramente informativo y busca explicar la ley de forma sencilla. Si deseas analizar tu caso particular, te recomendamos realizar una consulta con nuestro equipo de profesionales.